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sábado, 24 de enero de 2009

Documento consignado al CNE por parte del movimiento estudiantil






Rectores.-
Consejo Nacional Electoral
Pte.

Nosotros, RICARDO SÁNCHEZ, Presidente de la FCU; JUAN PABLO LÓPEZ, Presidente Adjunto de la FCU; JOSÉ MANUEL OLIVARES, Representante Estudiantil ante el Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela; DESIREE ZAMBRANO, Secretario General de la FCU; RAFAEL BELLO, Representante Estudiantil ante el Consejo Universitario de la Universidad Católica Andrés Bello; BERNARDO PULIDO MÀRQUEZ, Sub Secretario General del Consejo General de Representantes de la Universidad Católica Andrés Bello; NELSON MARTÍNEZ, Representante Estudiantil ante el Consejo Universitario de la Universidad Santa María, ROGELIO DÍAZ, Representante Estudiantil ante el Consejo Universitario de la Universidad Santa María; ALEX DEMENDOZA, Miembro del Centro de Estudiantes de la Universidad Metropolitana, JUAN ANDRÉS MEJIAS, Presidente de la FCU de la Universidad Simón Bolívar y LUIS IGNACIO HERNÁNDEZ, Presidente del Centro de Estudiantes de la Universidad Monteávila, titulares de las cédulas de identidad 16.983.612, 17.426.512, 17.483.824, 17.720.161, 17.631.358, 16.433.568, 17.386.728, 16.891.866, 17.348.911 y 17.100.565, en nuestro carácter de representantes estudiantiles de nuestras respectivas universidades y en representación del MOVIMIENTO ESTUDIANTIL, respetuosamente exponemos ante ustedes:

Con preocupación vemos como el despacho a su cargo ha menoscabado derechos ciudadanos y apresurado medidas con el solo fin de lograr un capricho personalista, pasando por alto aspectos legales y comprometiendo la integridad y salvaguarda del proceso electoral.

Es su deber ser imparciales, velar por la seguridad del proceso y sobre todo garantizar que las condiciones por medio en las que se lleve a cabo no favorezcan a ninguna parte y beneficien al espíritu democrático de este pueblo.

Debemos reafirmar nuestra firme convicción democrática y convencimiento de los principios fundamentales del Estado, por lo que pedimos respeten lo establecido en el artículo 6 Constitucional, en el cual establece: “El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.•” Siendo su deber ser garantes de los procesos electorales, deben exigir el respeto de el principio de alternancia, donde no solo se garantice la existencia de procesos electorales, sino también el cambio natural de una autoridad por otra después de concluido el período Constitucional.

Consideramos que el Consejo Nacional Electoral debería avocarse al establecimiento de normas claras. Por la celeridad con la que se ha dado el proceso de enmienda no ha habido una clara difusión de los parámetros electorales quedando preocupantes dudas en la colectividad que pueden afectar el espíritu democrático del proceso. Dichas irregularidades, por el no establecimiento de normas claras, se han hecho evidentes en la publicidad y campaña, la cual ha sido desmesurada por una de las partes, utilizando incluso recurso, órganos e instituciones del Estado. Es su deber garantizar la igualdad de condiciones y que no una parte por detentar un cargo político pueda abusar de la otra.

Consideramos también que los lapsos, si bien han sido ajustados a derecho, comprometen en buena parte la eficacia del proceso. Para la enmienda a someterse a referendo fue corto el proceso de discusión y poca la difusión que se le dio en cuanto a contenido posterior a la inclusión de 4 nuevos artículos en la propuesta, lo que ha logrado que el tiempo de campaña sea insuficiente para que ninguna de las partes pueda efectivamente demostrar su objetivo, intención y sobre todo efectos directos que tendrá sobre el pueblo Venezolano.

Hacemos de su conocimiento el desagrado que genera a nosotros como estudiantes y futuro de Venezuela su decisión de no apertura al Registro Electoral Permanente, dejando fuera del mismo a miles de jóvenes venezolanos que como soberano querían ejercer su derecho al voto. Recordamos que como Poder Electoral debe ser su objetivo máximo el beneficio de la mayoría, la exclusión de esta cantidad de personas y el cercenar su derecho al voto empaña el evento electoral. Su compromiso es con el pueblo y con la democracia, al no incluir a estos venezolanos faltan a sus deberes básicos establecidos de forma constitucional.

Consideramos también que prolongar el tiempo de votación es completamente innecesario. La experiencia ha demostrado que para un proceso de votación sencillo ha sido suficiente el tiempo hasta las 4 de la tarde. El cierre de mesas requiere tiempo y esfuerzo de muchas partes, lo que va a dificultar y prolongar su trabajo, por dicha extensión se aumenta la posibilidad de que la hora de cierre se prolongue hasta elevadas horas de la noche y se corre el riesgo que los electores sean víctimas de la inseguridad. Si bien estamos consientes que esta es una decisión tomada y de perdurar como tal habremos de respetarla, el Plan República debería garantizar la seguridad de los Testigos y electores dentro de los Centros de Votación y cercanías así como la integridad de los mismos en el traslado culminado el proceso electoral:

También es de hacer notar que el Consejo Nacional Electoral ha eludido sus responsabilidades en la formulación correcta de la pregunta que se presenta a los electores y si se alegare que no es su responsabilidad la formulación de la misma, se ha hecho cómplice de un abuso al pueblo Venezolano. Tratándose de una Enmienda a la Carta Magna y norma fundamental se hace extremadamente necesario que se informe sobre el texto de los artículos de la Constitución que se propone modificar y el texto final como quedarían dichos artículos de aprobarse la Enmienda.

La pregunta propuesta actualmente es un enmascaramiento del objetivo real del proyecto de Enmienda y de verse materializada se modificaría el texto constitucional, sin haber explicado al pueblo como quedaría. Adicionalmente, dicha pregunta hace un juicio de valor sobre el objetivo de la propuesta de Enmienda, el cual debería ser dejado la consideración del elector y no incluido en la pregunta planteada aceptada por el Poder Electoral. En pocas palabras, se estaría sometiendo a votación un texto desconocido por la población a través de una pregunta que ya de por sí hace un juicio de valor y no responde a los verdaderos intereses de la propuesta de Enmienda.

Por las razones antes mencionadas es que hacemos solicitud expresa de que el despacho a su cargo tome en cuenta:

1. El respeto a los principios constitucionales en la ejecución del proceso electoral, sobre todo los principios básicos establecidos en el Artículo 6 Constitucional, entre los que destacan la alternancia.

2. La reconsideración de su decisión sobre el cierre del Registro Electoral Permanente y de no ser posible que de una vez se tomen medidas claras para solventar este problema y subsanar la irregularidad a la brevedad.

3. El establecimiento y difusión de normas claras para el proceso electoral, sobre todo en temas de campaña y propaganda así como en la supervisión electoral y designación de testigos.

4. La reconsideración de la decisión sobre la hora de cierre de las mesas y de no ser posible la misma, su compromiso garantizar la seguridad y protección de electores, miembros de mesa, testigos y funcionarios del Consejo Nacional Electoral, todo esto en coordinación con el Plan República.

5. La intervención del Poder Electoral en la pregunta planteada, esclarecimiento de la misma y su avocamiento en la difusión del contenido de la propuesta de Enmienda, haciendo distribución y propaganda masiva de cómo quedaría el texto constitucional modificado de aprobarse la Enmienda.

Una vez más hacemos notar nuestro firme compromiso con la democracia y hoy 23 de enero a 51 años de hito histórico en el desarrollo democrático de nuestro país, pedimos a ustedes, Poder Electoral que hagan lo mismo en la protección de la democracia.

En Caracas, a los veintitrés (23) días del mes de enero de 2009.

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